Éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACORDÓ MEDIDA DE PROTECCION a favor del ciudadano JORGE LUIS DUARTE AVILA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.848.111, de nacionalidad: Venezolana, nacido en: Republica Bolivariana de Venezuela, en fecha: 17/08/1985, de 31 años de edad, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Técnico Superior Universitario, residenciado en: Urbanización Chuparin, Calle 06, Bloque 10, Letra C, Apartamento 02, Planta Baja, Puerto La Cruz, Parroquia Pozuelos, Municipio Juan Antonio Sotillo, Estado Anzoátegui, cuyos números telefónicos de ubicación son: móvil: 0424-8508419, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 y 31 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos Procesales.