En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui ,administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia, en la solicitud de MERO DECLARATIVA DE POSESION DE VEHICULO, formulada por el ciudadano JOSE LUIS ALVAREZ MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.531. 419, asistido por los Abogados en ejercicio DORIS MONTEVERDE y ENRIQUE RIVERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 98. 220 y 169. 135, respectivamente, con fundamento en el encabezamiento del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con el articulo 269 eiusdem. Así se decide.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Déjese copia de esta decisión, de conformidad con el artículo 248 del Código.....