Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos YRAIMA JOSEFINA MEDINA MAITA Y LUIS LIZARDO DIAZ, ambos plenamente identificados en los autos, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha ONCE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE (11 de diciembre de 1999), por ante el Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.-