DISPOSITIVA
Por todo lo anterior expuesto y en base a las razones expuestas , este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui , Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley , Decreta la Extinción de la Acción Penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa seguida al ciudadano: MAXIMO TIAPA apodado LA CHATA , -del cual se desconocen otros datos de identificacion- por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 418 del Código penal y todo de conformidad con lo dispuesto en el, ordinal 3° del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 48 ordinal 8° ejusdem y articulo 108 ordinal 6 ° del Código Penal vigente.SE DICTA LA PRESENTE RESOLUCION. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 1
JOSEFINA SALAZAR DE GUERRA.
LA SECRETARIA,
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