en consecuencia, cítese al ciudadano CARLOS LENIN GUERRA BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.477.069, domiciliado en Calle Principal de la Caraqueña Tierra Adentro, Casa N° 125, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de dar contestación a la presente Solicitud. Igualmente se acuerda la práctica de un Informe Social en el hogar de los ciudadanos CARLOS LENIN GUERRA BRITO Y ANGELICA MARIBERTH BERMUDEZ CARMONA, ya identificados en autos, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico adscrito a este Tribunal. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las Diez de la mañana (10:00 A.M), y el Acto de Contestación será entre las Ocho y Treinta minutos de la mañana y las Tres de la Tarde (8:30 a.m. y 3:30 p.m.). Se ordena notificar .....