Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN. En consecuencia, declara SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el abogado PASCUAL JOSE VELAZQUEZ BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.854, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EVALGELINA SIFONTES DE GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.426.957, contra la decisión de fecha 06 de septiembre de 2001, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante la cual declaró INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO COSNTITUCIONAL ejercido por la recurrente contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PEDRO MARÍA FREITES DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. No h.....