En mérito de lo expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de juicio para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Primero: Con Lugar la demanda de Filiación presentada por el ciudadano OSWALDO ALEJANDRO LEZAMA URRIOLA, contra los ciudadanos ISAGLEIDY RIVAS SANCHEZ y LUIS FELIPE FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.934.426 y V-26.685.320 respectivamente, ampliamente identificados en los autos respecto del niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , reconocimiento que debe constar en el acta de nacimiento del niño de marras, llevados por ante los libros del Registro Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui. Seg.....