este Tribunal de Juicio Nº 3, de conformidad con lo previsto en el articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda: LA CAPTURA de ciudadano: JOSE GREGORIO ESTANGA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.567.092, nacido en fecha 02/03/1985, domiciliado en Calle Bolívar, Casa S/N, Barrio 29 De Marzo, Barcelona, quien una vez aprehendido deberá ser puesto la orden de este Tribunal con la urgencia del caso, comisionándose para ello a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a Nivel Nacional del área Metropolitana de Caracas, a los fines que incluya al acusado JOSE GREGORIO ESTANGA, en el Sistema Computarizado de Servicios de Inteligencia e Información Policial (SIPOL) como persona solicitada; asimismo, se comisiona al referido Organismo Policial a los fines que se traslade al domicilio del mencionado acusado y practique su detención, debiendo ser trasladado a la sede de este Circuito Judicial Penal, .....