Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados JHONNY ROJAS QUINTANA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.780.334, natural de La Guaira, Estado Vargas, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos GUILLERMO ROJAS y MARIELA COROMOTO QUINTANA, residenciado en Cruz de Belén, Casa sin número, Clarines, Estado Anzoátegui y JULIETT VERONICA LEDEZMA, venezolana, cédula de identidad Nº V-23535843, nacida en La Guaira, Estado Vargas, en fecha 18/12/90, de 19 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, hija de los ciudadanos JULIO LEDEZMA y DORTHY VALERO, residenciada en Catia la Mar, Calle La Ceiba, Casa S/Nº de color rosado, cerca del Puente Zamora, la Guaira, .....