Planteada así la litis, sobre el monto por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, el problema judicial a resolver se limita precisamente a establecer la procedencia o improcedencia de ese derecho y nada más, de cobrar el intimante los honorarios profesionales demandados en un monto de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,oo) , y siendo que la demandada se opuso a la estimación e intimación de las sumas de dinero estimadas por el demandante, el presente juicio entra en la denominada etapa declarativa, destinada exclusivamente a decidir la procedencia o no del derecho del abogado, por lo que la función del Tribunal que examina el derecho al cobro de las costas procesales es solamente ésa, determinar si se tiene derecho o no al cobro de las costas generadas por el juicio signado con el No. BH11-M-2002-00003, y la del tribunal de retasa es analizar el monto y retasarlo, por lo que esta Juzgadora concluye, siendo en consecuencia PROCEDENTE el cobro de las Costas Procesale.....