se Decretó LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del imputado BLADIMIR JOSE SALAZAR LUNA, titular de la cédula de identidad No. V-20.052.236, conforme a lo establecido en los artículos 44 ordinal 1º del Texto Constitucional en concordancia con el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas; declarándose con lugar el pedimento del Ministerio Publico, respecto a la solicitud por el procedimiento por consumo de drogas, ordenando la libertad inmediata. Se ordenó poner a disposición de los prenombrados ciudadanos ante la oficina de Participación Ciudadana de este circuito judicial a los fines de la rehabilitación de los mismos ante la Comunidad Terapeuta Socialista José Antonio Anzoátegui, Vía el Rincón, Sector La floresta, perteneciente a la Fundación Misión Negra Hipólita.