En razón de los hechos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA La Reposición de la causa al momento en que este Tribunal levantó el acta en la cual se verifica la citación de la demandada, y se ordene en ese estado la notificación de los órganos encargados de velar por la protección de los Niños Niñas y Adolescentes: Zona Educativa y al Consejo de Protección del Niño Niña y Adolescente del Estado Anzoátegui, e igualmente considerando el Interés Superior del niño, este Tribunal ordena que sea notificada igualmente la Fiscalía del Ministerio Publico en materia de Protección del Niño Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en la oportunidad de la contestación de la.....