Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: Se declara Con Lugar la demanda de Modificación de Custodia, incoada por la ciudadana MARIBEL DEL CARMEN VELASQUEZ ACEVEDO, en contra del ciudadano HERIBERTO JOSE AÑEZ, y en consecuencia en beneficio de las niñas de autos y en razón a su interés superior previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Custodia de las niñas Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , será ejercida por su madre, ciudadana MARIBEL DEL CARMEN VELASQUEZ ACEVEDO; por lo que se procede a Conminar Judicialmente al ciudadano HERIBERTO JOSE AÑEZ, a entregar a las niñas In.....