En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES, propuesta por el Dr. PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.942, en su carácter de representante legal de la Institución Financiera BANESCO, Banco Universal C.A., en contra de los ciudadanos JORGE LUIS AGUILARTE y ANA MERCEDES SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.895.824 y 9.898.587, respectivamente, el primero en su carácter de deudor principal y la segunda en su carácter de fiadora, con fundamento en la disposición legal antes citada y se ordena devolver los originales consignados en la misma. Así se decide. En Barcelona a los ve.....