Este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, interpuesta por el ciudadano: ALEXIS RAFAEL QUILARTE GRIMONT, a través de apoderado, contra el ciudadano ROMER ALEXANDER FLORES SALAZAR, ambas partes plenamente identificadas en autos.
En consecuencia y de conformidad con las cláusulas cuarta y sexta establecidas por la voluntad de las partes en el contrato con opción a compra-venta, se declara RESUELTO el citado contrato celebrado entre los ciudadanos ALEXIS RAFAEL QUILARTE GRIMONT Y ROMER ALEXANDER FLORES SALAZAR, contenido en documento autenticado ante la Notaría Pública Segunda de El Tigre, anotado bajo el N° 13, Tomo 103 de los Libros de Autenticaciones llevados por ese Despacho en fecha 04 de Noviembre de 2009; y se condena al Ciudadano ROMER ALE.....