esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por el ciudadano DAVES ALBERTO SATURNO ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.831.999 y domiciliado en la Ciudad de Anaco, Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui, SEGUNDO: Designar como curador ad hoc, a el ciudadano JOSE ALBERTO SATURNO ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.143.368, domiciliado en la Ciudad de Anaco, Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui, de el niño ...., de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, en concordancia con el artículo 511 y siguientes de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adol.....