Por las razones que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ORLANDO JOSÉ BURBO PÉREZ y LILIA JAVIELINA FRANCO GUTIÉRREZ, plenamente identificados en autos, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio CARLENIS DEL VALLE SIFONTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 116.107. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Naricual, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, el 22 de enero de 2010, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 137, acompañada a l.....