Admítase. Fórmese expediente. En consecuencia se acuerda lo siguiente: 1) Notifíquese del inicio del presente procedimiento a la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Publico de éste Estado. 2) Notifíquese por medio de boleta a la ciudadana YOLIMAR DEL VALLE MALAVE MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.615.972, domiciliada en la Urbanización Boyacá IV, Vereda 8, Casa N° 06, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, para que comparezca al segundo día de Despacho siguiente a su notificación a los fines de que manifieste su aceptación o excusa con respecto a la Consignación de Pensión Alimenticia Voluntaria, propuesta por el ciudadano JULIO ANTONIO IRIZA RONDÓN, en beneficio del niño NICOLAS ALEJANDRO IRIZA MALAVE actualmente con cuatro (4) años de edad. 3) Aperturese una cuenta de ahorros con el antes mencionado cheque en el Banco Banfoandes de ésta localidad, a nombre del niño NICOLAS ALEJANDRO IRIZA MALAVE actualmente con cuatro (4) añ.....