En consecuencia, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley DECRETA: SIN LUGAR el pedimento formulado por la Abgda. DERNIS SIFONTES, actuando en su carácter de Defensora Publica Primera en materia sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de este Circuito Judicial Penal del Imputado: LORWIN RAFAEL RONDON GONZALEZ por la comisión del delito de; VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la Ciudadana; VIOSMAR TINEO GUILLEN, relacionado con la Revisión de la Medida Privativa Judicial Preventiva de libertad dictada por Este Tribunal de Control, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 02,
Abg. .....