Se dictó Sentencia Interlocutoria Nº 12 en la cual se admite el presente JUICIO EJECUTIVO interpuesto por el abogado PEDRO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.305.259, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 103883, funcionario adscrito a la Gerencia de Tributos Internos de la Región Nor Oriental del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, actuando en su carácter de sustituto del Procurador General de la República y Representante Legal de la República Bolivariana de Venezuela contra CONSTRUCCIONES Y ELECTROMECÁNICA, C.A. (CONELCA), con domicilio fiscal en la calle San Martín, Nº 44, Punta de Mata, Estado Monagas, inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-30350378-0, presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) No Penal, en fecha 14/08/2008.