Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud presentada por el Abogado JULIO CESAR MACUARO RIVERO, titular de la Cédula de Identidad N° 10.377.024, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DOMINGO ALFONSO ABREU, titular de la Cédula de Identidad N° E-982.782; en consecuencia, se acuerda la ENTREGA PLENA DEL VEHÍCULO, cuyas características son las siguientes: Clase: CAMION, Tipo: FURGON, Marca: CHEVROLET, Modelo: C-60, Año: 1979, Serial de Carrocerías: C16DAJV207792, Serial de Motor: AJV207792, Color: AMARILLO Y AZUL, Placas: 45P-ABB, Uso: CARGA; de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Remítase oficio al encargado del Estacionamiento donde se encuentra el vehículo, a los fines q.....