En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial PEnal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano YURUBI JESUS MORFFE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.140.852, natural de Clarines, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 23 de Diciembre de 1.981, de 22 años de edad soltero, agricultor, hijo de TOMASITO CHIRA y de MERCEDES MORFFE y residenciado en Sabana de Uchire, Sector El Progreso, cerca del Kiosko El Manguito, Estado Anzoátegui. Oficíese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores , a la División del Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, (SIPOL), Delegación Caracas y Barcelona, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre la mencionada ciudadana. Igualmente remítase.....