Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, ante el señalado abandono y al no evidenciar en el caso bajo estudio elementos que puedan afectar el orden e interés público, declara: Tácitamente Terminado el Procedimiento por Abandono del Tramite, en la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por PDVSA PETROLEO, S.A, empresa mercantil filial de Petróleos de Venezuela, S.A., constituida y domiciliada en la Ciudad de Caracas, anteriormente inscrita bajo la denominación de Corpoven, S.A., por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 16 de noviembre de 1.978, quedando anotada bajo el Nº 26, Tomo 127-A sgdo, de lo.....