Seguidamente el Tribunal, vista la transacción realizada por las partes en la presente reunión conciliatoria, la homologa en los mismos términos y condiciones en que fue suscrita, y se ordena oficiar lo conducente a los organismos respectivos.- Asimismo, se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en el presente proceso, para lo cual se ordena oficiar lo conducente al Registro Subalterno respectivo.- De igual forma, se ordena expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo, el Tribunal, a los fines de asegurar el cumplimiento de la entrega de los inmuebles antes identificados, se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre los dos (2) apartamentos identificados con los números 4-2-2 y 6-7-2, ubicados en el Conjunto Residencial Playa Guaica y Conjunto Residencial Costa Guaica, respectivamente, y a tal efecto se ordena oficiar lo conduc.....