este Tribunal por cuanto dichas pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, a excepción de la Prueba de informes del Capítulo II, contenidas en los particulares B, C y D, del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora, las cuales son inadmitidas por este tribunal.