Transcrito el referido artículo, la conducta asumida por la parte actora en la presente causa, se subsume en el contenido del mismo, por el transcurso de más de un (01) año de paralizada la causa, por lo que este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el Juicio por ACCIÓN DE DEFENSA DE LA ZONIFICACIÓN, incoado por las ciudadanas JOSEFA GARRONI CALATRAVA y MARÍA CRISTINA QUIROGA de QUINTERO, asistidas por el abogado ANTONIO MARCANO CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.455, en contra del ciudadano JOSEBA ANDONI QUINTANA ARANAGA, todos plenamente identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código Adjetivo Civil, parcialmente transcrito. Y ASÍ SE D.....