Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 5, del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara Inadmisible la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, ejercida por el BANCO MERCANTIL, C.A. S.A.CA., a través de sus Apoderados Especiales, Abogados en ejercicio MIGUEL JOSE QUERECUTO TACHINAMO, RAFAEL RAMOS GARCIA y JOSE GETULIO SALAVERRIA LANDER, en contra de la Decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, el 12 de agosto de 2004, con motivo de la apelación ejercida por la recurrente en el juicio por COBRO DE BOLIVARES, seguido en contra de la sociedad de comercio AGROMESA, S.A., el cual fue declarado Sin lugar por el Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de esta Circunscripción Judicial, quedando confirmada dicha decisi.....