Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección del Niños, Niñas y del Adolescente; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de PRIVACION DE PATRIA POTESTAD, incoada por la ciudadana MIRIAM ALEJANDRA FALCON CAÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.571.795, domiciliada en la Avenida Principal de Lechería, Edificio la Albacora, torre B, piso 3, apartamento 3B, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por las abogadas KELLYS ALBARRAN y CLARA ASTUDILLO ESPAÑA, inscritas en el IPSA bajo los Nros 256.050 y 248.347, en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO PINTO BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.906.570, domiciliado en la Quinta carrera norte, casa s/n de la ciudad del Tigre, Municipio Simón Rodríguez, E.....