Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara terminado el procedimiento, por abandono del trámite , conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, correspondiente a la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por la ciudadana JOSEFA VALERO DE GARCÍA, de nacionalidad española, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº. E- 785. 945, actuando en nombre propio y en el de la empresa FERRETERIA EL CALVO ,S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº. 47,Tomo B, de fecha 14 de abril de 1972, con última modificación en fecha 05 de diciembre de 1989, registrada por ante la misma Oficina de Registro, anotada bajo el Nº. 9, Tomo A- 46, cuando cambio su denominación a FERRETERIA EL CLAVO S.A., debidamente asistida por el abogado en ejercicio Jesús Alberto García, i.....