De lo expuesto se concluye, que la solicitud del Ministerio Público se encuentra ajustada a derecho y en consecuencia este Tribunal de Control N° 07 de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: Protección a la Víctima LUIS ANTONIO MARTÍNEZ GUACUTO, consistente en Patrullaje en la Zona donde reside ubicada en Tronconal III, Sector 02, Vereda 60, casa N° 07, Barcelona, Estado Anzoátegui, así como en la dirección donde trabaja ubicada el Puente La Volca, Estación de Servicio Trébol, antigua Shell, Barcelona. Así mismo, se acuerda vigilancia continua, y reporte diario de novedades sobre la situación de la Víctima. La protección acordada quedará asignada a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, debiendo presentar informe del estado del solicitante, al Fiscal Vigésimo del Ministerio Público. Notifíquese. Líbrese correspondiente oficio a la Comandancia General de Policía de .....