Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la pretensión de Desalojo, intentada por el ciudadano Agustino Suárez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.655.251, de este domicilio, actuando en su propio nombre y en nombre y representación de sus hermanos, ciudadanos Jesús Nicolás Suárez y Germán Suárez, titulares de las cédulas de identidad Nº 498.836 y 493.662, respectivamente; en contra de los ciudadanos Gabriel José Suárez y/o Isaura Vargas, titulares de las cédulas de identidad Nº 5.691.198 y 10.460.152, respectivamente, y así se decide.
Se condena en costa a la parte demandante, por haber resultado vencida en el presente procedimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el .....