Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 25/01/2005

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : BP02-N-2005-000005 N° Sentencia : Fecha: 25/01/2005
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
JESUS ALIRIO LÓPEZ VRS. INSPECTORIA DEL TRABAJO EN LOS MUNICIPIOS SOTILLO, GUANTA Y URBANEJA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
Resumen:
En razón a los argumentos expuestos; este Juzgado Superior en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia para conocer del presente recurso de nulidad de acto administrativo dictado por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Sotillo, Guanta y Urbaneja del Estado Anzoátegui, en la CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. En consecuencia ordena remitir el presente Expediente No. BP02-N-2005-000005, a los fines de que conozca del mismo. Así se decide.
Juez/Ponente:
María Teresa Diaz Marin
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BE01-R-1986-000007 N° Sentencia : Fecha: 25/01/2005
Procedimiento:
Apelacion
Partes:
EMILIO SILVA TIRADO VRS. EMPRESAS COLECTIVOS NEVERI, S.R.L.
Resumen:
En tal virtud, debe entenderse que, habiendo transcurrido dieciocho (18) años sin que la parte recurrente haya realizado actuación alguna, atinente al impulso procesal necesario para la continuación del juicio y; y al no realizarse ningún acto de procedimiento, debe entenderse decaído el interés en la formalización de la apelación, en consecuencia, la instancia ha perecido, por aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. En fuerza de las anteriores consideraciones, se declara PERECIDA LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO. En virtud de que ha quedado firme la decisión de Primera Instancia, devuélvase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Juez/Ponente:
María Teresa Diaz Marin
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : BE01-R-1998-000047 N° Sentencia : Fecha: 25/01/2005
Procedimiento:
Querella Interdictal
Partes:
LUIS RODRIGUEZ ALFONZO VRS. ESTADO NUEVA ESPARTA
Resumen:
En tal virtud, debe entenderse que, habiendo transcurrido más de un (01) año desde que se dio entrada a la causa, sin que se realizara ningún acto de procedimiento, debe entenderse decaído el interés en la formalización de la Apelación, en consecuencia, la instancia ha perecido, por aplicación del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. En fuerza de las anteriores consideraciones, se declara PERECIDA LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO. En virtud de que ha quedado firme la decisión de Primera Instancia, devuélvase el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Juez/Ponente:
María Teresa Diaz Marin
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados