Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de LIBERTAD PLENA, de conformidad con lo consagrado en el articulo 44 de la Constitución de Bolivariana de la Republica, en virtud de que efectivamente se encuentra vencido el lapso establecido en el articulo 93 de la Ley Especial a favor del ciudadano: JULIO CESAR TUSSENT, INDOCUMENTADO, DE NACIONALIDAD VENEZOLANO, ESTADO CIVIL: SOLTERO, DE 35 AÑOS DE EDAD, LUGAR DE NACIMIENTO: ARAGUA, ESTADO MARACAY; CON RESIDENCIA EN: LA CASA Nº 19, CALLE PRINCIPAL, BARRIO SANTA ROSA, TELEFONO: 0281-2817853. Se acuerda remitir en su oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalía 24º del Ministerio Público, a los .....