Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Incompetente para conocer de la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, presentada por la ciudadana María Rita Machado Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 11.229.599, a través de su apoderado judicial abogado Henry Giral, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 82.376, en razón de la resolución antes mencionada, y DECLINA su conocimiento al Juzgado Juez del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Clarines, y así se decide.-