este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus ASENCIÓN MARCANO DE MUJICA, a los ciudadanos SUSANA MARIA PRESILLA MARCANO, MARIA DEL VALLE PRESILLA MARCANO, PEDRO MUJICA MARCANO, ASENCIÓN MUJICA DE MILLAN, ANA LUISA MUJICA DE DASNIEL, SEVERIANO ANTONIO MUJICA MARCANO y RUPERTO JOSE MUJICA MARCANO, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-