En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas con competencia especial en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA en contra del ciudadano CAMILO JOSE MATA MORAN, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad 14476888, natural de Monagas, donde nació en fecha 13-11-1977, de 29 años de edad, soltero, de Profesión u Oficio Técnico Electricista, hijo de Ibrahim Mata y Ligia Morán, residenciado en la Calle La Fe, residencias Doña Belén, Piso II, Apartamento 44, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui. Líbrense las órdenes de captura a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de la Sub Delegación de Barcelona, Estado Anzoátegui, y demás cuerpos de seguridad ciudadana en el Estado Anzoátegui. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-.....