En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Diferencia de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, incoara el ciudadano JESUS ALBERTO MORA PEREZ, contra la sociedad mercantil, SERVICIOS DE POZOS ANZOATEGUI, C.A., ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada a cancelar a la actora los siguientes conceptos:
PREAVISO, por un monto de Bs.2.198.162,40.
ANTIGÜEDAD LEGAL, por un monto de Bs.4.594.324,8.
ANTIGÜEDAD ADICIONAL, por un monto de Bs.2.297.162,4.
ANTIGÜEDAD CONTRACTUAL, por un monto de Bs.2.297.162,4. VACACIONES, por un monto de Bs.4.396.324,8.
AYUDA PARA VACACIONES (BONO VACACIONAL) por un monto de Bs.2.661.766,4.
Examen Méd.....