esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por el Abogado Jorge Eliecer Domínguez Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-10.066.040, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº: 97.100, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana XIOMARA RODRIGUEZ DE REINOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.910.313, domiciliada en San José de Guanipa, Estado Anzoátegui, contra los herederos desconocidos del extinto ciudadano CARLOS RAMON CEDEÑO, quien fuera titular de la cedula de identidad N°: V-3.501.003 y los herederos conocidos del causante, los ciudadanos YELITZA DEL CARMEN CED.....