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Decisiones del dia 25/07/2017

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP02-S-2017-001002 N° Sentencia : 1023 Fecha: 25/07/2017
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
LUIS JOSE CAMACHO CEDEÑO Y MAIGUALIDA PULVE RODRIGUEZ
Resumen:
DECISION Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, formulada por los ciudadanos LUIS JOSE CAMACHO CEDEÑO Y MAIGUALIDA PULVE RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.341.533 y V- 9.411.085, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto vínculo matrimonial, contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos, por ante el Registro Civil del Municipio Sotillo, del Estado Anzoátegui, en fecha 27 de Junio de 1993, conforme consta de copia certificada del acta de matrimonio asentada bajo el Nro. 319, folio 322, del Tomo 01, ac.....
Juez/Ponente:
María Eugenia Pérez
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
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N° Expediente : BP02-S-2017-001246 N° Sentencia : 1024 Fecha: 25/07/2017
Procedimiento:
Rectificacion De Partida De Nacimiento
Partes:
YOSELIN (SIC) OTAMENDY RAMIREZ
Resumen:
En consecuencia, y con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, esta Sala declara que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir dicha solicitud, y, en consecuencia, confirma la sentencia sometida a consulta. Así se declara..." En el caso bajo examen, como lo alega la ciudadana Yoselin Oskarina Otamendy Ramírez, y se pudo probar con la copia certificada del acta de nacimiento acompañada a la solicitud, se trata de un error material, por omisión de las firmas de los testigos que presenciaron el acto, sin embargo fueron identificados con nombres , apellidos y cedulas de identidad en el Acta levantada al efecto. Esa omisión de firmas por parte de los testigos que presenciaron el acto, no puede ser rectificado en sede judicial, por cuanto el contenido del acta en si no se pide que sea rectificada, se trata de la omisión de firmas por parte de los testigos que presenciaron el acto, y conforme al fallo de la Sala Político Administrativo.....
Juez/Ponente:
María Eugenia Pérez
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
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