Este Tribunal conforme a lo solicitado por en la misma y de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el antes mencionado desistimiento, los mismos términos y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.