En fuerza de las precedentes consideraciones, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por Corporación Telemic, C. A., contra la Oficina Municipal para la Defensa y Educación del Consumidor y el Usuario (OMDECU) del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.