DECISION
En consecuencia, por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 137 del Código Civil, AUTORIZA a la ciudadana JOANA DEL VALLE QUINTAL RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. 14. 764.000, de profesión Comerciante, de estado civil casada, para separarse temporalmente del hogar conyugal, a partir de la presente fecha, el cual lo tiene constituido en la ciudad de Lechería, Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja, en avenida Bolívar, Residencia "Doña Oneida", piso 2, apto 2-4 y residenciarse en Boulevard Eneas Perdomo (Playa Lido), Residencias Costa Dorada, Apartamento PH-B, piso 14, de la ciudad de Lechería, Municipio Turístico El Morro, Lic. Diego Bautista Urbaneja, del estado Anzoátegui. Así se declara.
A los fines establecidos en el articulo 248 del Código d.....