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Decisiones del dia 26/02/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP12-L-2008-000599 N° Sentencia : Fecha: 26/02/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JORGE ARELLAN & SEGURIDAD, PROTECCIÓN Y SERVICIOS CENTINELA 2000, C.A.-
Resumen:
este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano JORGE ARELLAN, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil SEGURIDAD, PROTECCIÓN Y SERVICIOS CENTINELA 2000, C.A., en consecuencia, se condena a ésta última a pagar la cantidad de SEIS MIL SEICIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 6.669,00), más los intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación, conforme a la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar en fase de ejecución, mediante un experto contable que designará el tribunal por cuenta de la demandada. Se condena en costas a la demandada, por haber vencimiento total de la demanda, de conformidad con el artíc.....
Juez/Ponente:
Unaldo José Atencio
Organo:
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : BP12-L-2008-000619 N° Sentencia : Fecha: 26/02/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
CARLOS JOSÉ DUERTO MORILLO & SERVICIOS Y MANTENIMIENTO LAR, C.A.
Resumen:
este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento, efectuado por la parte demandante, y como consecuencia de ello, de conformidad con el Parágrafo Primero del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa (90) días continuos. Se declara terminada la causa, se ordena el archivo del expediente, y se procede a la entrega de las pruebas promovidas por las partes." Publíquese. Regístrese. Déjese constancia de la anterior decisión
Juez/Ponente:
Unaldo José Atencio
Organo:
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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