Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria) interpusiera el ciudadano YOEL ELEAZAR PADUANI contra el ciudadano CESAR AUGUSTO GUERRERO PADUANI y lo condena a pagar la suma de OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 80.000,oo) que es el monto del capital adeudado contenido en la letra de cambio fundamento de la acción.-