"...En este estado, la Juez Provisorio Segunda Ejecutora de Medidas Abg. Haideé M. Romero Flores, oída la solicitud de la apoderada judicial, antes identificada, por no ser la misma contraria a derecho, acuerda trasladarse al apartamento Nº 38, piso 3, edificio 4-A, del Conjunto Residencial Morro Humbolt, Avenida Américo Vespucio, Lechería, Estado Anzoátegui. En este estado, una vez constituidos en la dirección indicada por la apoderada, el Tribunal le ordena al perito verifique la dirección del inmueble, para proceder a dar los toques de Ley, para el fin solicitado por la apoderada judicial de la parte demandada. Seguidamente, interviene el Perito Práctico designado y juramentado por este Tribunal, ciudadano RIGOBERTO ALCALA GUACUTO, y expone: "Paso a dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal y en consecuencia dejo expresa constancia que el Tribunal se encuentra constituido en la dirección indicada por la Apoderada Judicial, es decir, apartamento Nº 38, piso 3, edificio 4-A, de.....