Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA DE PROTECCION a favor de las ciudadanas: NERIS TERESA ZAPATA, portadora de la cedula de identidad Nº V- 1.196.214, de 64 años de edad, nacida en fecha 16-02-47, residenciada en el Sector El espejo, Calle Orinoco, casa Nº 7-72, Barcelona, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, de ocupación del hogar, teléfono 0414-8288303 y FLOR LOLIMAR ACABAN ZAPATA, portadora de la cedula de identidad Nº V- 13.564.624, de 33 años de edad, nacida en fecha 08-12-76, residenciada en el Sector Villas Olímpicas, Edificio Douglas Márquez, Piso 2, Apto Nº 3, Barcelona, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, de ocupación del hogar, teléfono 0414-8288303, las siguientes medidas de protección, de conformidad .....