En razón de lo antes expuesto, este Tribunal , con fundamento en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con el artículo 269 eiusdem, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente Asunto, contentivo de demanda por LUCRO CESANTE, DAÑOS EMERGENTES, interpuesta por SUGHEILMYS ROSA ALFONZO SANABRIA, venezolana, mayor de edad, de profesión administradora, titular de la cédula de identidad Nro. 11.902.823, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO VELASQUEZ AZOCAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio titular de la cédula de identidad Nro. 13.690.694, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.718, contra MMC AUTOMOTRIZ S.A., inicialmente inscrita con la denominación social de MMC AUTOMOTRIZ DE VENEZUELA S.A., por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, el 07 de marzo del 1990, bajo el N°. 19, Tomo 59-A, Pro, posteriormente inscrita por ante el.....