Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal N° 6 de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, a favor de los imputados FRANKLIN JOSE FLORES CEDEÑO, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, de profesión u oficio Barbero, titular de la Cedula de Identidad N.- 11.415.455, con domicilio en la Calle Principal, N° 124, del Barrio Chorreron, Guanta Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, JOSE GREGORIO LABASTIDAS, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, de profesión u oficio Albañil, titular de la Cedula de Identidad N.- 11.420.314 con domicilio en la Calle Principal, del Barrio Chorreron, G.....