Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control N° 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano MIGUEL OTERO MALARET, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.636.902, en consecuencia, se acuerda conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, la entrega bajo Guarda y Custodia del vehículo con las siguientes características: MARCA: JEEP, MODELO: GRAN-CHEROKEE, AÑO 1.997, TIPO: SPORT-WAGON, SERIAL DE MOTOR: 8CIL, SERIAL DE CARROCERÍA: 8Y4GZ58YFV1702184, COLOR: DORADO, PLACA: KAT-62W; debiéndose remitir el respectivo oficio al Administrador del Estacionamiento Metropolitano, ubicado en Barcelona, Estado Anzoátegui, participando de la decisión dictada por este Juzgado en esta misma fecha. SEGUNDO: Devuélvase los documentos originales al solicitante .....