Con fundamento a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: la Perención de la Instancia del recurso contencioso de nulidad ejercido por la Abogada por la Abogada Cherry Jackelines Maza, Inpreabogado Nro. 106.441, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Servicios Picardi C.A., contra la Providencia Administrativa N° 00337-2008 de fecha 22 de julio de 2008 dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alberto Lovera" de Barcelona del Estado Anzoátegui, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoado por el ciudadano Douglas Jiménez, titular de la cedula de identidad N° 11.903.931 contra la empresa Servicios Picardi, C.A., el cual cursa en el expediente signado con el Nº 003-2008-01-00381, de la nomenclatura .....